Mostrando entradas con la etiqueta derechos. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta derechos. Mostrar todas las entradas

viernes, 16 de julio de 2021

Curso Derechos Humanos

Te presentamos el Curso Online de Derechos Humanos, organizado por la entidad
Youth for Human Rights International y Unidos Por Los Derechos Humanos, quien nos ha cedido el uso gratuito y supervisión del mismo.

Los pasos que hay que dar al pasar por el camino hacia la meta común de un mundo en el que la gente llegue a tratarse con respeto mutuo y dignidad, siempre pasa por haber recibido una educación eficaz.

Existen muchas organizaciones en pro de los derechos humanos que se enfocan en la investigación de abusos y la defensa de las víctimas del abuso. Juventud por los Derechos Humanos Internacional, ahora con la Fundación para la Mejora de la Vida, la Cultura y la Sociedad, complementa esta labor dirigiendo publicaciones que incluyen materiales y actividades educativas.

Por eso os traemos conjuntamente a las personas individuales EL CURSO ONLINE GRATIS.

Puedes hacerlo desde casa en los ratos que puedas y al terminar obtendrás tu DIPLOMA del Curso de Derechos Humanos supervisado.

Para poder inscribirte: http://education.humanrights.com/
Haz click inscribirte como alumno, a continuación introduce tus datos.
Código de clase: RG9FE839920      INTRODUCE EL CODIGO PARA AL FINALIZAR OBTENER TU DIPLOMA.



¿Conoces tus derechos? La Declaración Universal de Derechos Humanos es un documento que garantiza los derechos y libertades básicos de todas las personas del mundo. Para proteger sus derechos, primero debe saber cuáles son. Este curso interactivo gratuito le presentará sus derechos humanos para que los conozca y los defienda para usted y los demás.


Realice un seguimiento de su progreso a través de cuestionarios de lecciones y secciones.

Comience de inmediato siguiendo la aplicación a medida que completa el curso.

Únase a una comunidad internacional de personas apasionadas que están haciendo de los derechos humanos un hecho en todas las naciones del mundo.




jueves, 25 de febrero de 2021

Derechos humanos: ¿por qué no se cumplen? Más de 70 años después de firmarse la Declaración Universal de Derechos Humanos, estos no están garantizados para todas las personas

Los derechos humanos son los que nos corresponden en cuanto hombres. Esto quiere decir que por el hecho de ser lo que somos, tenemos ciertos derechos que debieran ser respetados. Pero los derechos existen únicamente en la medida en que sean reconocidos por quienes deben respetarlos. Por lo tanto, nuestros derechos dependen de que los demás los reconozcan.



En ese sentido, no son algo cuya eficiencia resida en nosotros mismos, sino que, paradójicamente, siendo nuestros, dependen de los demás hombres. Lo único que nos cabe a nosotros en cuanto a ellos, es respetar los de los demás. Ese es el primer paso para que se respeten los nuestros.

¿Pero, quién puede asegurar que los otros actuarán igual que nosotros cuando estamos dispuestos a reconocerlos?

Hay por lo tanto un riesgo que se corre de respetar al otro sin ser respetado, aunque esta sea la única manera de abrirles paso en nuestro mundo. De ahí la contradicción en que cae quien los atropella: hace algo con el otro que él no quisiera que le hicieran a él. De donde la antigua enseñanza ética de “no hagas al otro lo que no quieres que hagan contigo”.

Todo esto significa que estos derechos existen como una opción que cada cual debiera tomar, estando obligado a ello solo por un acto libre y voluntario.

Nada nos obliga a respetar los derechos humanos, solo nuestra propia decisión de hacerlo, movidos por un principio de reciprocidad hacia los demás.

Por eso, avasallar al otro es romper la obligación mutua que permite la vida en común, es atropellar nuestra condición de seres humanos, es negar que una sociedad de individuos libres e iguales sea posible.

Pretender defender la vida democrática atropellando los derechos humanos es una contradicción ética y teóricamente inadmisible, porque la democracia se sustenta en el respeto a los demás, esto es, en el reconocimiento de la igualdad de todos los ciudadanos.

Pero, ¿en qué somos iguales? Si miro a mi alrededor, solo veo diferencias. Todos somos diferentes: por sexo, por nacionalidad, por pertenencias culturales, por religiones, por opciones políticas, por determinaciones físicas, etc. ¿Dónde está nuestra igualdad?

En la antigüedad solo eran iguales los ciudadanos, los que participaban de la vida política, y, por lo tanto, estaban excluidos de esta igualdad: los esclavos, las mujeres, los niños, los extranjeros, etc.

En la Edad Media, sin dejar de existir un fuerte acento en la desigualdad, se fue abriendo paso un cierto sentido de igualdad a partir de la idea de que todos somos “hijos de dios”, aserto que no logró jamás borrar las diferencias entre amos y esclavos, señores y siervos, hombres y mujeres, etc.

Sólo con la modernidad llegó por fin un sentido de universalidad que se ha ido abriendo paso lentamente hasta nuestros días, sin que todavía se pueda considerar terminado este proceso. Somos todos iguales en cuanto ciudadanos.

Sin embargo, la realidad de las naciones, las diferencias entre ricos y pobres, la fuerza de las diferentes pertenencias políticas y religiosas siempre han sido hasta ahora un obstáculo infranqueable al reconocimiento definitivo de la universalidad humana.

Entonces, ¿en qué podemos decir verdadera y definitivamente que somos todos iguales?

Creo que en nuestra condición, en nuestra circunstancia, en nuestra forma de existir: somos todos mortales, finitos, entregados a la responsabilidad de asumir individualmente nuestra propia vida, que nadie puede vivir por nosotros, estamos en medio de un universo, cuyo sentido último se nos escapa por todos lados.

Aunque se nos ofrezcan muchas respuestas tranquilizadoras desde los diferentes mitos y creencias que se disputan nuestras conciencias desde el comienzo de los tiempos, no sabemos con certeza qué hemos venido a ser a este mundo.

Las religiones nos dividen, pero la desesperación y el desamparo que les da origen, nos unen.

Los proyectos políticos nos dividen, pero la conciencia de que todo intento humano por mejorar la vida es solo una apuesta, nos une.

La imposibilidad de tener una respuesta absoluta en la que afirmar nuestras vidas es mucho más poderosa que todos los intentos de encubrimiento de los enigmas y misterios que nos rodean y que tratamos de ocultarnos a través de doctrinas y dogmas que finalmente solo nos procuran una tranquilidad provisoria e imaginaria.

Si todos los seres humanos fueran capaces de reconocer la indigencia de fondo que hay en toda vida humana y si en lugar de avanzar respuestas apresuradas sobre nuestra condición, sobre el sentido de nuestra existencia, sobre nuestro destino, si en lugar de entrar en los sectarismos y fanatismos políticos que pretenden saber con certeza qué es lo mejor para nuestras sociedades, si en lugar de eso, digo, se contentaran con asumir en toda su profundidad el misterio y el abismo que la caracteriza, se respetarían por fin los derechos del hombre, cuya base no es otra que la conciencia de esta precariedad infinita.

Nuestra vida es una mínima pausa entre dos oscuridades herméticas que nadie podrá jamás desentrañar. El que asume el misterio de la existencia humana en todo su insondable alcance no podría jamás tratar a otro hombre como un medio, ni manipular su cuerpo, ni intentar forzar su conciencia, porque tendría que reconocer que en verdad no sabe lo que está haciendo.

Y eso es finalmente lo que ciertamente ocurre: si encaramos nuestra circunstancia honestamente, más allá de todas las respuestas que se han intentado dar y que seguirán existiendo y surgiendo en este mundo, tendremos que reconocer que el hombre es un gran misterio para sí mismo. Es eso lo que nos hace iguales.

Lamentablemente hasta ahora solo unos pocos han sido capaces de reconocerlo. La mayoría vive en un mundo de respuestas hechas, haciendo oídos sordos al llamado de este insondable silencio. Por eso, el respeto universal a los derechos humanos sigue siendo todavía una lejana meta en un incierto horizonte.

Ver en el otro la otredad infinita que también observa asombrada desde su finitud la inabordable inmensidad del cosmos, al mismo tiempo que descubre el desamparo de su propia existencia, es la única experiencia que puede crear entre los hombres el deseo de darse una mano, en vez de buscar anularse mutuamente inclinándose ante el poder irrefrenable del dolor y de la muerte.


Este es un espacio de libertad, por lo que solicitamos que no lo desaproveches. Contamos con que las opiniones se remitan al contenido de las columnas y no a insultos, ataques personales, comentarios discriminatorios o spam.

martes, 16 de febrero de 2021

La dictadura cubana vive en un mundo ficticio


Son dos los grandes problemas que han estado presentes en el mes de enero: el retorno -con más fuerza- del virus chino y la Tarea Ordenamiento. En el caso del virus chino concluyó el último día del período con 906 muestras positivas, lo que implica un importante repunte, ya que hasta el 15 de abril de 2020, un poco más de un mes de haber llegado la pandemia, había un acumulado de 862 casos positivos.

Los problemas del suministro médico, de la escasez de PCR y la demora de los resultados, por parte de los laboratorios que colapsaron, han sido definitorios para este mes, en el que se ha podido apreciar la ineficiencia del sistema de Salud Pública. A lo que hay que añadir la falta de ambulancias, que ha hecho que utilicen los ómnibus de transporte público para mover a los pacientes infectados con la enfermedad; y que trajo como consecuencias que se haya divulgado la muerte de una niña de 5 años, de Matanzas, que no pudo ser trasladada de urgencia al hospital pediátrico provincial. La ambulancia apareció cinco horas más tarde de haberse solicitado y no estaba debidamente equipada, la pequeña murió dos horas después.

También es alarmante la cantidad de niños contagiados que se anuncia; así como, la forma en que ha crecido el número de fallecidos. De hecho enero ha sido el mes más mortífero de la pandemia y Luis Antonio Torres Iríbar, primer secretario del Partido Comunista de Cuba en la capital, ha dicho que: "La Habana puede empeorar".

También es alarmante la cantidad de niños contagiados que se anuncia; así como, la forma en que ha crecido el número de fallecidos

A pesar de que en algunas provincias se han tomado medidas extremas, no se ha logrado contener el rebrote. En particular los dos aspectos que más inciden en la aglomeración de personas son: el transporte, muy escaso; y las colas, por la falta de alimentos y productos de aseo.

Sin saber quién es el responsable de las ideas descabelladas de la economía, aunque la cara pública es Marino Murillo, en el peor momento de la pandemia se pone en vigor la Tarea Ordenamiento y solo 20 días después el "presidente" Díaz-Canel dijo que había que ordenar el ordenamiento; en primer lugar por la cantidad de quejas que se han recibido de la población debidas a los altos precios, ante los bolsillos vacíos de los cubanos de a pie.

El orden no se ve por ningún lado en el mes que ha transcurrido del año, pero si hay mucha molestia en la sociedad que ha tenido que soportar una caída del 11% de su Producto Interno Bruto, durante 2020. Es como si el régimen le estuviera diciendo al pueblo: "Sálvese quien pueda".

En resumen se puede decir que continúa la dictadura viviendo en un mundo ficticio que no tiene en cuenta las necesidades del pueblo y así viola sus derechos elementales.

Si había un 27 de noviembre, ahora habrá un 27 de enero en el que se ha destacado la figura del ministro de Cultura, Alpidio Alonso Grau, golpeando a un periodista independiente para quitarle un celular, con el que lo estaba filmando.

Continúan las protestas del Movimiento San Isidro y del grupo del 27 de noviembre, ahora para que renuncie el ministro de Cultura, señalando como lugar de reunión el Capitolio Nacional.

Sigue siendo galopante la inflación, con precios imparables, a pesar de las amenazas de multas y decomisos que ha hecho el régimen y que de forma probable implemente en breve, a partir de una vía legal.

Sigue siendo galopante la inflación, con precios imparables, a pesar de las amenazas de multas y decomisos que ha hecho el régimen

Por otra parte, el tema religioso está en el escenario social desde ya hace varios meses. Un grupo de sacerdotes y de católicos practicantes en Cuba y otros países del mundo redactaron el documento: "He visto la aflicción de mi pueblo", que fue publicado el 24 de enero. De forma inmediata Razones de Cuba contestó el 28 de enero con el artículo Contrarrevolución cobijada tras la cruz y la sotana.

No hay que explicar que la respuesta fue más de lo mismo, hablar de que el documento lo firmaron contrarrevolucionarios financiados por agencias de inteligencia de Estados Unidos. También expone que desde hace meses, varios sacerdotes cubanos se lanzaron a incitar a los feligreses desde el púlpito de sus iglesias, con un amplio apoyo mediático desde Miami.

Aumentan en las redes, los videos mostrando abuso policial, que se reenvían y se convierten en virales. Pero en particular ha circulado uno con unas declaraciones del coronel Ramón Valle Luna, en el que se ve vanagloriarse de que tuvo tres muertos y que Fidel y Raúl dijeron: "ni me lo toquen". Una prueba irrefutable de la violación de los derechos humanos en Cuba, donde todo el poder está concentrado en la figura del primer secretario del Partido Comunista de turno.

jueves, 10 de diciembre de 2020

¿Dónde comienzan los derechos humanos?


Mi nombre Reinaldo Rodriguez Hernandez,Presidente del MUDDH, A 72 años de haberse adoptado la Declaracion Universal de los Derechos Humanos, por la Asamblea General de la ONU, derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. ... Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles.

El progreso de los derechos humanos no se mide por el número de tratados internacionales que se ratifican o los convenios que se negocian. Menos aún por las denuncias de sus violaciones o los discursos que invocan a los muertos para legitimar decisiones inconsultas.

Ni por el sufrimiento que exhibimos como víctimas. Ni por la invocación de los miles de desaparecidos para mostrar superioridad ideológica.

¿Dónde nacen entonces? A setenta y dos años de la Declaración Universal de los Derechos del Hombre, deberíamos hacernos la pregunta de su apasionada impulsora, Eleonora Roosevelt, que ha guiado el debate en torno al progreso moral de una concepción nacida como antídoto al veneno de los totalitarismos.

Entonces ¿dónde comienzan los derechos humanos universales?: “Comienzan en los lugares pequeños, cerca de casa, tan cercanos y pequeños que no se pueden ver en ningún atlas, pues son el mundo de la persona individual; el barrio en el que vive; la escuela o universidad a la que asiste; la fábrica, la granja, o la oficina donde trabaja. Estos son los lugares donde cada hombre, mujer, niño buscan igualdad ante la ley, igualdad de oportunidades, igual dignidad sin discriminación. Si estos derechos no tienen significado ahí, no lo tendrán en ningún otro lugar. Sin una acción ciudadana concertada para defenderlos cerca de casa. Nuestra búsqueda del progreso en el mundo será en vano.

No necesitamos acudir a los números de la pobreza, el adoctrinamiento en las escuelas y las universidades, la extorsión de los sindicatos, la desconfianza con la que convivimos y el desprecio de los gobernantes a la participación ciudadana para demostrar que la invocación a los derechos humanos en el discurso oficial, ni los convenios y Tratados que nos apuramos a firmar, nos hicieron mejores seres humanos, libres y responsables con ese privilegio que es tener derechos y libertad.

Un fracaso que en parte se explica porque los derechos humanos quedaron asociados a las torturas, muertes y secuestros de la dictadura, y cuando se gobierna sobre cadáveres, no existen las categorías políticas.

La historia del hombre es también la lucha por su libertad. Pero fue la Declaración Universal de los Derechos del Hombre la que impulsó en los países europeos el mayor periodo de prosperidad y desarrollo, porque los derechos humanos solo se enraizan culturalmente en las llamadas democracias liberales.

En cuba sobrevive la desigualdad de derechos e ingresos, la prepotencia del poder, la ideologización de la noción de derechos humanos tanto en el discurso oficial como en las organizaciones de derechos humanos que al agregar el “ismo” a sus reivindicaciones ya delatan el sectarismo de sus reclamos.

Y una enorme confusión en relación a la dignidad de las personas. No hay superioridad moral en el sufrimiento y sí en la autoafirmación como personas dignas capaces de pensar por sí mismas y de movilizarse sin que las extorsionen.

En la mayor pobreza o en la desesperación más justificada, la vida tiene un sentido moral, la dignidad que nos define personas que no depende del lugar donde nacimos ni de los títulos ni las pertenencias.

No es un consuelo saber que no somos el único país en el que existe una distancia entre las leyes que garantizan derechos y la realidad social, ni que la política ha sido cooptada por verdaderas dinastías familiares en las que se repiten los apellidos y los cargos se perpetúan, y por eso, el mérito carece de valor.

Pero todo esto nos recuerda que en Cuba, la conquista de la democracia como igualdad para todos es todavía una meta a alcanzar. Al menos, ya sabemos que la democracia es la mejor escuela para aprender a argumentar. No necesitamos ni gritar, ni insultar porque tenemos la fuerza de los fundamentos. Siempre y cuando no cancelemos lo que nos torna personas, pensar libremente. Sin miedo.

Hoy El Movimiento unido por la Defensa de Los Derechos Humanos MUDDH, reafirmamos nuestro compromiso, con la memoria y el presente. 

Finalizando este convulsionado año, que marcará sin duda nuestro modo de vivir en los próximos, una efeméride mundial nos devuelve los valores que inspiran las luchas de las y los DEFENSORES de ayer y de hoy: La Declaración Universal de los Derechos Humanos, firmada por la Asamblea General de las Naciones Unidas, un 10 de diciembre de 1948.

La historia de los movimientos sociales está plagada de vulneraciones, matanzas y abusos que, tomando nuevas y complejas formas hoy parecen perpetuarse pese a que el modelo político- heredado de la Dictadura se desmorona.

En un año marcado por la violencia institucional que se intensificó cuando la ciudadanía, harta de las vulneraciones cotidianas a los derechos más fundamentales, salió a las calles a manifestar su descontento, reafirmamos como organización nuestro compromiso con la defensa y promoción de los Derechos Humanos. GRACIAS.



lunes, 23 de noviembre de 2020

Los “Principios de Yogyakarta - Tu identidad de género, tu orientación sexual, tus derechos

 Tu identidad de género, tu orientación sexual, tus derechos


¿Conocés los “Principios de Yogyakarta”? Su objetivo es orientar la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en materia de diversidad sexual. ¡Conocelos!

Favor de consultar los Principios directamente para comprender a detalle el texto.

Los “Principios de Yogyakarta: principios sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual e identidad de género”, conocidos simplemente como Principios de Yogyakarta, fueron realizados en el marco de las Naciones Unidas con el fin de orientar la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual, la identidad de género, la expresión de género y la diversidad corporal.

Estos principios son un hito para los derechos de las personas LGBTIQ que instan a los Estados, al Sistema de Derechos Humanos de Naciones Unidas, a las instituciones nacionales de derechos humanos, a los medios de comunicación y a las organizaciones no gubernamentales a adoptar todas las medidas apropiadas para **garantizar el desarrollo adecuado de las personas de diversas orientaciones sexuales, identidades de género, expresiones de género y diversidades corporales con el objetivo de asegurarles el pleno goce y ejercicio de los derechos humanos*.

Resumen de los principios de Yogyakarta:

1 El derecho al disfrute universal de los Derechos Humanos.

2 Los derechos a la igualdad y a la no discriminación.

3 El derecho al reconocimiento de la Personalidad jurídica: la orientación sexual o identidad de género que cada persona defina para sí es esencial para su personalidad y constituye uno de los aspectos fundamentales de la autodeterminación, la dignidad y la libertad. Ninguna persona será obligada a someterse a procedimientos médicos, incluyendo esterilización, cirugía de reasignación de sexo y terapia hormonal como requisito para el reconocimiento legal de su identidad de género. Ninguna persona será sometida a presiones para ocultar, suprimir o negar su orientación sexual o identidad de género.

4 El derecho a la vida: no se impondrá la pena de muerte por actividades sexuales realizadas de mutuo acuerdo.

5 El derecho a la seguridad personal.

6 El derecho a la privacidad incluye el derecho a optar por revelar o no la propia orientación sexual o identidad de género, y las decisiones relativas al propio cuerpo y a las relaciones sexuales o de otra índole consensuadas con otras personas.

7 El derecho de toda persona a no ser detenida arbitrariamente.

8 El derecho a un juicio justo.

9 El derecho de toda persona privada de su libertad a ser tratada humanamente independientemente de su orientación sexual e identidad de género.

10 El derecho de toda persona a no ser sometida a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos y degradantes.

11 El derecho a la protección contra todas las formas de explotación, venta y trata de personas refiere a la protección contra la trata de personas, venta y cualquier forma de explotación, basadas en una orientación sexual o identidad de género.

12 El derecho al trabajo: toda persona tiene derecho al trabajo digno realizado en condiciones equitativas y a la protección contra el desempleo.

13 El derecho a la seguridad y a otras medidas de protección social.

14 El derecho a un nivel de vida adecuado, el cual incluye una alimentación adecuada, agua potable, servicios sanitarios y vestimenta adecuadas, así como a la mejora continua de sus condiciones de vida, sin discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género.

15 El derecho a una vivienda adecuada: toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, lo que implica la protección contra el desalojo y carencia de hogar, independientemente de su orientación sexual o identidad de género.

16 El derecho a la educación: toda persona tiene derecho a la educación, sin discriminación alguna basada en su orientación sexual e identidad de género

17 El derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud: incluye salud física y mental, sin discriminación por motivos de orientación sexual o identidad de género, con derecho de consentimiento informado. La salud sexual y la reproductiva son aspectos fundamentales de este derecho.

18 Protección contra abusos médicos: ninguna persona será obligada a someterse a ninguna forma de tratamiento, procedimiento o exámenes médicos o psicológicos, ni a permanecer confinada en un centro médico, con motivo de su orientación sexual o identidad de género. La orientación sexual y la identidad de género de una persona no son, en sí mismas, condiciones médicas y no deberán ser tratadas, curadas o suprimidas.

19 El derecho a la libertad de opinión y de expresión: incluye la expresión de la identidad o la personalidad mediante el lenguaje, la apariencia y el comportamiento, a través de cualquier medio y sin consideración de las fronteras.

20 El derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.

21 El derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión.

22 El derecho a la libertad de movimiento.

23 El derecho a procurar asilo: en caso de persecución relacionada con la orientación sexual o la identidad de género, toda persona tiene derecho a procurar asilo y a obtenerlo en cualquier país.

24 El derecho a formar una familia, incluso a través del acceso a adopción o a reproducción asistida. Existen diversas configuraciones de familias.

25 El derecho a participar en la vida pública: implica el derecho a postularse a cargos públicos, a participar en la formulación de políticas que afecten su bienestar, así como a tener acceso a todos los niveles de las funciones y empleos públicos.

26 El derecho a participar en la vida cultural.

27 El derecho a promover los Derechos Humanos.

28 El derecho a recursos y resarcimientos efectivos: brindando reparaciones a personas cuyos derechos hayan sido violados por su orientación sexual o identidad de género.

29 Responsabilidad penal: toda persona cuyos derechos humanos sean violados, incluyendo aquellos a los que se hace referencia en estos Principios, tiene derecho a que a las personas responsables de dicha violación se las responsabilice penalmente.

EN RESUMEN:

Los Principios de Yogyakarta son una serie de principios sobre cómo se aplican los estándares y legislación internacionales de derechos humanos a las cuestiones de orientación sexual e identidad de género. Aquí se ofrece un pequeño resumen de los Principios y algunos ejemplos de su aplicación.


 Preámbulo: en el Preámbulo se reconocen las violaciones de derechos humanos basadas en la orientación sexual y la identidad de género; se establece un marco de trabajo legal y pertinente y se definen términos clave.

El derecho al goce universal de los derechos Humanos, a la no discriminación, y a la Personalidad Jurídica: en los Principios 1 al 3 se describe el principio de universalidad de los derechos humanos y el de su aplicación a todas las personas sin discriminación, así como el derecho de toda persona a ser reconocida ante la ley. 

Ejemplo: 

• Las leyes que penalizan la homosexualidad violan el derecho internacional de no discriminación (fallo del Comité de Derechos Humanos de la ONU). 

El derecho a la seguridad Humana y Personal: los Principios 4 al 11 abordan varios derechos fundamentales: derecho a la vida, a vivir sin violencia y sin tortura, a la privacidad, al acceso a la justicia y a no ser detenido/a arbitrariamente. 
Ejemplos: 

• La pena de muerte se sigue aplicando a casos de actividad sexual consensuada entre adultos del mismo sexo, a pesar de que las resoluciones de la ONU subrayan que la pena de muerte no podrá imponerse por “relaciones sexuales consensuadas entre adultos”. 

• Once hombres fueron arrestados en un bar gay y se les mantuvo detenidos por un año. El Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias de la ONU concluyó que la detención de estos hombres violaba la ley internacional y agregó con pesar que “uno de los detenidos murió a causa de la detención arbitraria”. 

Derechos económicos, sociales y culturales: los Principios 12 al 18 establecen la importancia de la no discriminación en cuanto al goce de los derechos económicos, sociales y culturales; esto incluye la no discriminación en el empleo, en el acceso a la vivienda, a la seguridad social, a la educación y a los servicios de salud. 

Ejemplos: 

• Las lesbianas y mujeres transgénero están en un creciente riesgo de sufrir discriminación, de carecer de vivienda y de sufrir violencia (informe del Relator Especial de la ONU sobre vivienda adecuada). 

• Las niñas que expresan afecto por otras niñas son discriminadas y expulsadas de las instituciones educativas (informe del Relator Especial de la ONU sobre el derecho a la educación). 

• La Alta Comisionada de Derechos Humanos de la ONU expresó preocupación por las leyes que “prohiben la cirugía de reasignación de sexo para transexuales o que obligan a las personas intersexo a someterse a ese tipo de cirugías contra su voluntad”. 

Derechos de expresión, opinión y asociación: los Principios 19 al 21 subrayan la importancia de la libertad de expresarse, expresar la propia identidad y la propia sexualidad, sin interferencia del Estado sin importar la orientación sexual y la identidad de género; esto incluye el derecho a participar en asambleas y eventos públicos pacíficos y a asociarse en comunidades con otras personas. 

Ejemplo: 

• Una reunión pacífica para promover la igualdad de las diversas orientaciones sexuales e identidades de género fue prohibida por las autoridades, al tiempo que los participantes eran acosados e intimidados por la policía y por conciudadanos extremistas que gritaban cantaletas como “Vamos a por los maricones” y “Les vamos a hacer lo que Hitler hizo a los judíos”. (informe del Relator Especial de la ONU sobre formas contemporáneas de racismo, discriminación racial, xenofobia e intolerancia).

Libertad de movimiento y derecho a recibir asilo: los Principios 22 y 23 subrayan los derechos de las personas a solicitar asilo en caso de padecer persecución por su orientación sexual e identidad de género. 

Ejemplo: 

• La protección y estatus de Refugiado deberá otorgarse a personas que enfrentan fundados temores de ser perseguidos por su orientación sexual (Pautas del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados). 

El derecho a Participar en la Vida cultural y Familiar: los Principios 24 al 26 versan sobre el derecho de las personas a participar en la vida familiar, en los asuntos públicos y en la vida cultural de su comunidad, sin discriminación por su orientación sexual o identidad de género. 

Ejemplo: 

• Los Estados tienen la obligación de no discriminar entre parejas de sexo diferente y parejas del mismo sexo al otorgar los beneficios de la sociedad conyugal, por ejemplo, al otorgar pensión al sobreviviente de una pareja (fallo del Comité de Derechos Humanos de la ONU). 

Derechos de los defensores de derechos Humanos: el Principio 27 reconoce el derecho a defender y promover los derechos humanos sin discriminación por orientación sexual e identidad de género, así como la obligación de los Estados de garantizar protección a los defensores de derechos humanos que trabajan estos temas. 

Ejemplo: 

• En todo el mundo, los defensores de derechos humanos que trabajan con cuestiones de orientación sexual e identidad de género “han recibido amenazas, asaltos a sus casas y oficinas, ataques, torturas, abusos sexuales, tortura con amenaza constante de muerte, e incluso la muerte. Lo que más preocupa a este respecto es la casi total falta de seriedad con que estos casos han sido tomados por las autoridades responsables” (informe del Representante Especial del Secretario General de la ONU sobre Defensores de Derechos Humanos). 

El derecho a recursos legales y reparaciones y la responsabilidad Penal: los Principios 28 al 29 ratifican la importancia de responsabilizar penalmente a los violadores de derechos y de garantizar que se otorguen reparaciones legales apropiadas a las personas cuyos derechos han sido violados. 

Ejemplo: 

• La Alta Comisionada de Derechos Humanos de la ONU expresó preocupación por la “impunidad en crímenes violentos contra personas LGBT” y señaló que es “responsabilidad del Estado el hacer extensiva la protección efectiva” a estos grupos. La Alta Comisionada señala que “excluir a las personas LGBT de estas protecciones claramente viola la legislación internacional sobre derechos humanos y los estándares de humanidad que nos definen a todos/as”. 

Recomendaciones adicionales: en los Principios se incluyen 16 recomendaciones adicionales dirigidas a instituciones de derechos humanos, organismos profesionales, patrocinadores, ONGs, a la Alta Comisionada de Derechos Humanos, a las instancias de la ONU, a los órganos de los tratados, a los Procedimientos Especiales, y a otros agentes. 

Ejemplo: 

• A modo de conclusión, se reconoce que hay una responsabilidad compartida entre una serie de actores de promover y proteger los derechos humanos y de integrar estos estándares en su labor. Una declaración conjunta presentada el 1º de diciembre de 2006 ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU por 54 Estados de 4 de las 5 regiones de la ONU, por ejemplo, insta al Consejo de Derechos Humanos a “dar la debida atención a las violaciones de derechos humanos basadas en la orientación sexual y la identidad de género” y elogia la labor de la sociedad civil en esta área, además de hacer un llamado a “todos los Procedimientos Especiales y órganos de los tratados a que continúen incluyendo las violaciones de derechos humanos basadas en la orientación sexual y la identidad de género dentro de sus mandatos pertinentes”. Como se reconoce en dicha declaración y se ratifica en los Principios de Yogyakarta, la protección efectiva de los derechos humanos es verdaderamente responsabilidad de todos.

¿Qué son los Principios de Yogyakarta? Los Principios de Yogyakarta son una serie de principios sobre cómo se aplica la legislación internacional de derechos humanos a las cuestiones de orientación sexual e identidad de género. Los Principios ratifican estándares legales internacionales vinculantes que los Estados deben cumplir. Prometen un futuro diferente, donde todas las personas, habiendo nacido libres e iguales en dignidad y derechos, podrán ejercer ese precioso derecho adquirido al momento de nacer. 

¿Por qué son necesarios? La violación a los derechos humanos de las personas por su orientación sexual e identidad de género, real o percibida, constituye un patrón global arraigado que nos preocupa gravemente. Entre esas violaciones a los derechos humanos podemos mencionar: los asesinatos extralegales, tortura y maltrato, ataques y violaciones sexuales, invasión a la privacidad, detenciones arbitrarias, negar las oportunidades de empleo y educación, y grave discriminación en relación al goce de otros derechos humanos. 

Los mecanismos fundamentales de derechos humanos de las Naciones Unidas han ratificado la obligación de los Estados de garantizar la efectiva protección de todas las personas contra toda discriminación basada en la orientación sexual y la identidad de género. No obstante, la respuesta internacional ha sido fragmentaria e inconsistente, lo que crea la necesidad de explicar y comprender de manera consistente el régimen legal internacional de derechos humanos en su totalidad y de cómo éste se aplica a las cuestiones de orientación sexual e identidad de género. Esto es lo que hacen los Principios de Yogyakarta. 

¿cómo se llegó a estos Principios? 

Los Principios fueron desarrollados y adoptados por unanimidad por un distinguido grupo de expertos en derechos humanos de distintas regiones y diversa formación, entre ellos: jueces, académicos, un ex Alto Comisionado de Derechos Humanos de la ONU, los Procedimientos Especiales de la ONU, miembros de órganos de los tratados, ONGs y otros. El profesor Michael O’Flaherty, Relator del proceso, hizo importantes contribuciones al redactar y revisar los Principios de Yogyakarta. 

Un evento clave para desarrollar los Principios fue un seminario internacional que se llevó a cabo en Yogyakarta, Indonesia en la Universidad de Gadjah Mada del 6 al 9 de noviembre del 2006, y en donde participaron muchos de los expertos en leyes mencionados. En ese seminario se aclararon la naturaleza, el alcance y la implementación de las obligaciones de derechos humanos contraídas por los Estados en relación a la orientación sexual y la identidad de género, en virtud de los tratados y leyes de derechos humanos existentes. 

¿Qué cubren estos Principios? Los Principios de Yogyakarta se refieren a una amplia gama de derechos humanos y cómo se aplican en cuestiones de orientación sexual e identidad de género. Entre otros, se incluyen: ejecuciones extralegales, violencia y tortura, acceso a la justicia, privacidad, no discriminación, los derechos de libertad de expresión y reunión, empleo, salud, educación, cuestiones de migración y refugiados, participación pública y una variedad de otros derechos. 


¿cómo pueden estos derechos ser implementados? 

Los Principios ratifican la obligación primordial que tienen los Estados de implementar los derechos humanos. Cada uno de los Principios va acompañado de recomendaciones detalladas a los Estados. Los Principios también subrayan, no obstante, que todos los actores tienen responsabilidad de promover y proteger los derechos humanos. Por tanto, se hacen recomendaciones adicionales dirigidas al sistema de derechos humanos de la ONU, a instituciones nacionales de derechos humanos, a los medios, a las organizaciones no gubernamentales y a otras instancias.

Referencia: Principios de Yogyakarta. Principios sobre la aplicación de la legislación internacional de derechos humanos en relación con la orientación sexual y la identidad de género, marzo de 2007. Resumen: Estos principios tienen por objeto entregar orientaciones a los Estados sobre los derechos humanos por motivos de orientación sexual e identidad de género. Fueron elaborados por una comisión de expertos a petición de la Alta Comisionada de Naciones Unidas para los Derechos Humanos, Mary Robinson, en el año 2006, quien fue una de sus coautoras; y fue presentado al Consejo de Derechos Humanos en 2007. Son muy importantes para nuestro país, puesto que Chile se comprometió a aplicarlos en el Examen Periódico Universal (EPU) de la ONU del año 2009.