sábado, 13 de agosto de 2022

CIDH otorga medidas cautelares a favor del preso político Luis Robles

 

El preso político Luis Robles “se encuentra actualmente privado de libertad en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos en Cuba


La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH / IACHR) otorga medidas cautelares a favor del preso político Luis Robles y asegura que Robles se “encuentra actualmente privado de libertad en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos en Cuba”.

Es la segunda institución del sistema internacional para la protección de los derechos humanos que dictamina un veredicto a favor de este joven de 29 años, cuyo único delito, como se pudo ver en varias grabaciones de vídeo, fue pedir la libertad de Denis Solís y que no hubiera más represión. Está condenado a 5 años de privación de libertad por “Propaganda Enemiga” y “Desobediencia”, y extingue condena en la Prisión Combinado del Este, en la Habana.

Esta decisión de la CIDH, comunicada por carta al presidente de Prisoners Defenders, se produce tras la denuncia, el 15 de enero de 2021, solicitando medidas cautelares a la Comisión presentada por nuestra entidad, instando a que se requiera al Estado de Cuba la adopción de las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida, integridad personal y salud de Luis Robles Elizástegui, quien se encuentra en una situación de riesgo en el marco de una privación de la libertad, por demás fraudulenta, desde diciembre de 2020, considerando sus condiciones de detención, la falta de atención médica y los numerosos episodios de incomunicación, confinamiento en celdas de castigo, amenazas y torturas que se han perpetrado contra él.

Resolución de la comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH)



En su RESOLUCIÓN 41/2022 la CIDH solicita a Cuba que:

a) Adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida, integridad personal y salud de Luis Robles Elizástegui;

b) Asegure que las condiciones de detención del propuesto beneficiario sean compatibles con los estándares internacionales aplicables en la materia. En particular, entre otras medidas: Brindar la atención médica en función de lo que prescriban los médicos especialistas,
Permitir la visita regular de familiares y representación legal,
Valorar a la luz de las condiciones de detención y salud del propuesto beneficiario la aplicación de alguna medida alternativa a la privación de su libertad, y
Adoptar acciones frente a las amenazas, hostigamientos, intimidaciones o actos de violencia en contra del propuesto beneficiario por denunciar su situación actual;

c) Concierte las medidas con el beneficiario y sus representantes; y,

d) Informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y así evitar su repetición.

Detención del preso político Luis Robles

El preso político Luis Robles Elizástegui es un joven cuentapropista de 28 años que no está vinculado a ningún movimiento cívico o político que sea objeto de cuestionamiento gubernamental o de represión por la Seguridad del Estado.

En fecha 4 de diciembre de 2020, Luis Robles, quien estaba sensibilizado por los actos de represión que en noviembre de ese año sufriera el Movimiento San Isidro (MSI) , decidió, sin vincularse ni llamar a grupo alguno de personas, ejercitar por sí mismo el derecho de libertad de expresión y de manifestación en un contexto escrupulosamente pacífico, al mostrar en el boulevard habanero de la calle San Rafael un cartel sobre sus hombros en el que demandaba la atención racional del gobierno pidiendo expresamente «Libertad, no + represión, #FreeDenis«.

 Dicha manifestación fue grabada en su integridad en varios vídeos, posteriormente publicados en redes sociales por la periodista Yoani Sánchez, incluido el momento en el que las fuerzas de la Seguridad del Estado se acercan y con violencia le arrebatan el cartel y le detienen, viéndose también como la propia población presente en el boulevard le defiende verbalmente de forma espontánea, enfrentándose a la policía. El vídeo, desde varias tomas, demuestra irrefutablemente la forma cívica, pacífica y escrupulosamente respetuosa con que trató de ejercer su libertad de expresión y cómo ésta fue reprimida.

Sin presentar resistencia ni violencia, a pesar de conocer que no había motivos, Luis Robles accedió al arbitrario arresto de forma pacífica.

El Grupo de Trabajo sobre la Detención Arbitraria de Naciones Unidas en su Opinión núm. 41/2021 (ES / EN / FR / PT) fue contundente, como en su día dimos a conocer: Naciones Unidas dictamina radicalmente arbitrarias las detenciones de Denis Solís y Luis Robles (ES / EN / FR / PT ):

“El Grupo de Trabajo no encuentra razón legítima que justifique la detención de la que ha sido víctima el Sr. Robles. Quien, además, fue privado de asistencia legal oportuna (…) , ya que no se permitió acceso a un abogado para asegurar la defensa de su caso, desde el 4 de diciembre de 2020, cuando fue arrestado, hasta el 28 de diciembre de 2020.”

El preso político Luis Robles Elizástegui ingresó en prisión el 4 de diciembre de 2020, en virtud de una arbitraria resolución de medida cautelar de prisión provisional, dictada en los autos del expediente de fase preparatoria número 49/2020 del órgano de operaciones e instrucción criminal de la seguridad del estado, asentada en la unidad Villa Marista (la Habana) por construcción de un falso delito de “Otros actos contra la Seguridad del Estado”.

En los días posteriores a su detención, agentes de la Seguridad del Estado realizaron registro al domicilio del propuesto beneficiario, sin su presencia, y no habrían encontrado nada, lo que derivó en la acusación sin sostén alguno por la que le condenaron.


Proceso judicial del preso político Luis Robles


El 14 de diciembre de 2020, el hermano del preso político Luis Robles presentó Habeas Corpus ante el “Tribunal” Provincial Popular de La Habana. El 16 de diciembre de 2020, la Sala Tercera de lo Penal del “Tribunal” Provincial de La Habana consideró que no se verificó ilegalidad en las medidas adoptadas. Desde los acontecimientos del #11J la comunidad jurídica internacional ha observado atónita las actuaciones fraudulentas del sistema penal y los “tribunales” en Cuba, que en el caso del preso político Luis Robles fueron palmarias.

Fue juzgado el 16 de diciembre de 2021, más de un año después de su detención, bajo la petición fiscal de 6 años de privación de libertad por Propaganda Enemiga y Desobediencia. En fecha 28 de marzo de 2022, el “Tribunal” Provincial Popular de La Habana dictó sentencia de 5 años de privación de libertad por los delitos de “propaganda enemiga” y “desobediencia”. Se presentó recurso de casación en contra de dicha sentencia, el cual fue desestimado.

Respecto a la asistencia letrada, el 24 de diciembre de 2021 se presentó un alegato de indefensión puesto que se les rechazaba a los familiares la contratación de defensa por parte de los bufetes estatales de abogacía (Organización Nacional de Bufetes Colectivos, que dependen directamente del Ministerio de Justicia) la contratación de abogado. El 29 de diciembre un abogado de dichos Bufetes finalmente tomó la causa, y el día 30 presentó una solicitud de cambio de medida de prisión provisional, que fue denegada. Sin embargo, tales documentos no fueron entregados a la familia. Esto es habitual y se debe a que los abogados en ejercicio en Cuba obligatoriamente deben pertenecer a dichos bufetes colectivos para ejercer la acción penal, y están supeditados al Ministerio de Justicia y el poder político, pudiendo negarse, sin consecuencias, a entregar la documentación al reo y sus familiares.

Prisión política de Luis Robles


Desde el día en que fuera detenido, a Luis Robles Elizástegui, el 4 de diciembre de 2020, no le dejaban ver a los allegados ni familiares que trataban de visitarlo. Tan sólo le permitieron hablar por teléfono en contadas ocasiones, aunque las llamadas eran, como es praxis habitual, supervisadas por las autoridades penitenciarias. Tan sólo recibió una brevísima visita en la Unidad de Villa Marista por parte del abogado del Estado que finalmente se contrató.

Se encuentra recluido en la prisión Combinado del Este, en La Habana, una prisión de máxima seguridad, con reos de alta peligrosidad, donde el riesgo a su integridad es alto.

Robles denunció sus condiciones de detención, informando que era provocado y violentado constantemente. Y así, cuando pudo hablar con su madre le manifestó que estaba “pasando por momentos horribles en prisión”. Las autoridades penitenciarias le amenazaron con suspender el acceso al teléfono si continuaba presentando denuncias. Luis ha sido sometido a “condiciones infrahumanas” de detención, incluyendo palizas y detención en celdas solitarias, sufriendo discriminaciones constantes.

Padece de una gastritis crónica. Ha solicitado sus medicamentos y se los han negado en numerosísimas ocasiones. Tampoco le permiten recibir los medicamentos enviados por sus familiares y allegados. Esto dio como consecuencia que entrase en huelga de hambre el día 12 de febrero de 2021, huelga que dejaría el día 16 de febrero tras ser internado en una celda de castigo, como medida de tortura para que abandonara la denuncia, en una praxis que es llevada a cabo con todos aquellos presos que se sitúan en huelga de hambre. Así, tras 52 días desnudo, en huelga de hambre y celda de castigo, murió Wilman Villar Mendoza.

Consideraciones de la CIDH

Como resultado del análisis y comprobación de los informes y documentación proporcionados por Prisoners Defenders, La CIDH considera que se cumple el requisito de GRAVEDAD, ya que Luis Robles se encuentra privado de libertad desde diciembre de 2020, teniendo en cuenta, además, otros aspectos:Luis Robles se encuentra detenido en prisión desde el 4 de diciembre de 2020, habiéndose alegado el uso de violencia.

- Desde su detención, en diciembre de 2020, Luis Robles no habría podido recibir visitas de familiares. - La única breve visita recibida fue de su abogada en junio de 2022 .
- Tras su detención, sólo pudo comunicarse por teléfono con su hermana dos meses después. - Posteriormente, durante su detención, le han permitido realizar llamadas telefónicas en limitadas ocasiones y siempre con la supervisión de autoridades penitenciarias.
- Luis Robles ha denunciado por llamadas telefónicas a una periodista que sería violentado constantemente en la prisión, y a su madre que estaría “pasando por momentos horribles en la prisión”.
- Las autoridades penitenciarias le habrían amenazado de suspender el acceso al teléfono en caso de denuncias sobre sus condiciones de detención.
- Entre el 4 de diciembre de 2020 y el 28 de diciembre de 2020, no se le habría permitido tener acceso a un abogado de su confianza para su defensa.
- Padecería de gastritis crónica y necesitaría de medicamentos. Pese a lo anterior, las autoridades habrían rechazado sus solicitudes a recibir medicamentos, así como no habrían permitido que sus familiares puedan entregar sus medicamentos.
- Luis Robles habría sido sometido a “condiciones infrahumanas” de detención, incluyendo palizas y detención en celdas solitarias, sufriendo discriminaciones constantes, además de que las autoridades habrían instigado a presos comunes peligrosos a atacar al propuesto beneficiario
- El 12 de febrero de 2021, cuando requirió sus medicamentos, le habrían contestado que “no se los daban para que acabara de morir allí”. Debido a sus protestas, dos agentes del Estado le habrían dado golpizas y desnudado, exhibiéndolo desnudo en la cárcel. Además, le quitaron todas sus pertenencias y el colchón, por lo que durmió, por dos noches, desnudo y en el suelo, a pesar de las bajas temperaturas. - Desde entonces, Prisoners Defenders ha indicado que Luis Robles no ha recibido atención médica, lo que fue nuevamente alegado en el 2022.
- El 3 de marzo de 2021, fue trasladado a un área donde se encontrarían los presos con más alta peligrosidad, y fue informado que un agente estatal había ordenado a algunos presos de este piso que “le den otra golpiza el día que este oficial esté de guardia”.
- En febrero de 2022, fue llevado a una celda de castigo.

Igualmente, la Comisión considera que se encuentra cumplido el requisito de URGENCIA, ya que Luis Robles “continúa privado de libertad en las circunstancias descritas, y pueden llegar a ser objeto de ulteriores afectaciones a sus derechos, requiriendo por ende la adopción de medidas inmediatas. Lo anterior es especialmente relevante al considerar que existen alegatos de actos de violencia y amenaza por parte de autoridades estatales en el marco de su privación de libertad, y de la falta de medicamentos necesarios para la condición de salud del propuesto beneficiario”.

Respecto al requisito de IRREPARABILIDAD, “la Comisión sostiene que se encuentra cumplido, en la medida que la potencial afectación a los derechos a la vida, integridad personal y salud constituye, por su propia naturaleza, la máxima situación de irreparabilidad”.

Respuesta del Gobierno cubano

Tras solicitar información al Estado en los términos del artículo 25 del Reglamento, la Comisión lamenta la falta de respuesta de Cuba; “la Comisión no cuenta con información para verificar que las situaciones de riesgo alegadas han sido mitigadas o que se haya adoptado medidas para salvaguardar los derechos del propuesto beneficiario. En ese sentido, la Comisión no cuenta con elementos que desvirtúen lo alegado por la parte solicitante, lo que además guarda consistencia con la información recibida desde el monitoreo temático y de país. La Comisión lamenta la falta de respuesta de parte del Estado, lo cual impide conocer su posición acerca de la presente solicitud. Por el contrario, según lo narrado por la parte solicitante, la situación de riesgo descrita provendría de la acción de agentes del Estado, lo que ubica en situación de vulnerabilidad al propuesto beneficiario, quien se encuentran bajo custodia de tales agentes”.


lunes, 8 de agosto de 2022

Cuba mantiene más de mil prisioneros políticos

 

 20 NUEVOS CASOS EN LA LISTA DE PRISIONEROS POLÍTICOS EN CUBA:
1.251 PRISIONEROS POLÍTICOS DESDE EL #11J


Prisioneros políticos verificados en Cuba un año después del #11J

Desde el 1 de agosto de 2021 hasta el 31 de julio de 2022 han sufrido prisión política en Cuba un total de 1.251 prisioneros políticos. Todos ellos son torturados, como demostró el estudio pormenorizado de 101 casos aleatorios denunciado por Prisoners Defenders ante el Comité Contra la Tortura de las Naciones Unidas (CAT) y los reproches públicos del CAT tras las denuncias de la sociedad civil, que se materializaron en su informe posterior de mayo sobre la situación de la tortura en Cuba. El informe del Comité de los Derechos del Niño, este pasado junio, también confirmó que numerosísimos niños y niñas han sido detenidos y condenados a durísimas penas por ejercer su libertad de manifestación y “asociación”.



En este momento concreto, con cierre de datos a fecha 31 de julio de 2022, la lista de prisioneros políticos de Cuba contiene un total de 1.002 prisioneros políticos y de conciencia sufriendo condenas judiciales, así como también disposiciones de limitación de libertad por parte de las fiscalías sin supervisión judicial alguna, en flagrante violación de la ley internacional y el debido proceso.

Reflejamos estos 1.002 prisioneros políticos verificados, como cada mes, en la lista de Prisoners Defenders de Cuba, que hacemos pública y distribuimos en todos los ámbitos políticos, diplomáticos y de defensa de los derechos humanos. Con 272 prisioneros políticos se inició el mes de agosto del año pasado. Desde entonces hasta el 31 de julio de 2022, otros 979 prisioneros políticos nuevos más se han sumado a los 272 primeros, arrojando un total de 1.251 prisioneros políticos desde el #11J.

Nuevos casos afloran en Cuba, que sigue con UN MILLAR de presos políticos

Han entrado este mes en la lista 20 casos nuevos. Algunos han sido encarcelados este mes pasado, pero la mayoría han aflorado al llegar a nuestras manos los documentos de las causas colectivas en las que han sido sentenciados, tras permanecer estos casos en completo anonimato en lista alguna disponible en Cuba todos estos meses. En esta situación podría haber otro buen número de casos por el país, pues el terror a hablar en inmenso.

Este mes, al mismo tiempo, han sido 17 los casos que han salido de la lista de prisioneros políticos que hoy presentamos, Muchos de ellos, la mayoría, por su liberación tras el cumplimiento de la totalidad de la pena. Unos pocos, como consecuencia de liberaciones selectivas bajo fuertes multas, amenazas, seguimiento y vigilancia constante.

Lo más duro de esta situación es que la gran mayoría de los presos de condenas más leves (hasta un año) ya no están en la lista de prisioneros políticos, por lo que es de esperar que, si siguen aflorando casos mes a mes, el número total de prisioneros políticos no baje ya fácilmente del millar a pesar de todo el tiempo, más de un año, que ha transcurrido desde las primeras encarcelaciones.

Niños procesados, prisioneros, y familias rehenes

Prisoners Defenders ha podido verificar una lista de 1.002 prisioneros políticos a 31/07/2022.

De los 1.002 prisioneros políticos, aún están cumpliendo sentencia o medidas cautelares:32 niños y 6 niñas, 38 menores de edad en total.
4 niñas y 22niños, 26 menores, han sido ya sentenciados, 16 de ellos por “Sedición”, a una pena media de 5 años de privación de libertad, tras las “rebajas” en los procesos de apelación y casación.
171 manifestantes, incluyendo 16 niñas y niños, han sido ya sentenciados por “Sedición”.
697 prisioneros de conciencia sentenciados siguen aún en la lista con penas entre 1 y 25 años.
Otros presos políticos cargan con penas de 30 años y hasta cadena perpetua (12 de ellos)
Al menos 122 mujeres (incluyendo las de género trans) siguen aún con autos y condenas políticas y de conciencia.

Reconocemos en Cuba más de 12.000 prisioneros políticos

Reconocemos en Prisoners Defenders, durante el mes de julio de 2022, 1.002 prisioneros políticos (ver lista) relacionados con un activismo o expresión pública evidente de oposición a las políticas gubernamentales o de defensa de los derechos fundamentales del ser humano.

Pero además reconocemos, como cada mes, otros más de 11.000 civiles, jóvenes negros en su inmensa mayoría no pertenecientes a organizaciones opositoras, con penas medias de 2 años y 10 meses, que sufren condenas “pre-delictivas”, es decir, sin delito alguno cometido. El Código Penal vigente contempla que serían personas con tendencia a poder cometer delitos en el futuro “por la conducta que observa en contradicción manifiesta con las normas de la moral socialista” (Art. 72 de Código Penal vigente hasta ahora). Así, se les imponen penas de 1 a 4 años de prisión sin delito ni investigado, ni sucedido, ni cometido, ni tentativo. Lógicamente, estas penas se aplican desde la juventud a todos aquellos que osen mostrar desafecto por las políticas gubernamentales. También se emplean para satisfacer actos represivos personales y abusos de poder de tipo local. En estos casos no hay proceso penal como tal, no hay defensa posible, ni siquiera de forma hipotética. El informe de las autoridades policiales permite, sin delito alguno, encarcelar de forma sumarísima año tras año por decisiones inmediatas y sin posible defensa a más de 3.850 personas condenadas cada año por esta sola causa en el país, para sumar una cifra estable de 11 mil personas condenadas por su hipotética “peligrosidad predelictiva antisocial” en Cuba actualmente.

729 convictos de conciencia, 242 condenados de conciencia y 31 otros

Convictos de Conciencia y Condenados de Conciencia son aquellas personas cuya privación de libertad, los primeros, o limitación de libertad, los segundos, sea consecuencia de:La violación por motivos políticos, raciales, de género, ideológicos o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, del ejercicio de los derechos de libertad de conciencia, pensamiento, expresión, manifestación, reunión y/o asociación u otros derechos humanos fundamentales.

La violación por motivos políticos, raciales, de género, ideológicos o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, de los principios de presunción de inocencia y/o debido proceso o como consecuencia de una investigación prospectiva.

La violación por motivos políticos, raciales, de género, ideológicos o cualquier otra condición o circunstancia personal o social, del principio de neutralidad, imparcialidad y/o derecho a la defensa.


En otro grupo más complejo de catalogar, Otros Presos Políticos, incluimos casos en privación completa de la libertad, pero no catalogables como Convictos de Conciencia por acciones penalmente reprochables, si bien en su causal de origen está la represión de derechos fundamentales, y no la infracción o delito per-sé, y cuyos desproporcionados procesos y penas han sido ejecutados mediante una violación grave a sus derechos de defensa y debido proceso, causado todo ello por motivos políticos y/o ideológicos.

Por ello, los 1.002 prisioneros políticos verificados por su ejercicio de la defensa de sus derechos fundamentales se dividen en Convictos de Conciencia, Condenados de Conciencia y Otros Presos Políticos, que pueden ser vistas de forma independiente en nuestra lista de prisioneros políticos.

La clasificación actual de éstos es la siguiente:
729 Convictos de Conciencia
242 Condenados de Conciencia
31 casos de Otros Presos Políticos


La lista completa puede obtenerse en este enlace:







martes, 2 de agosto de 2022

Prisoners Defenders presenta el Informe de Libertad Religiosa del USCIRF

 

I.     Introducción al Informe de Libertad Religiosa del USCIRF



El presente documento contiene un amplio recorrido por los contenidos del Informe de Libertad Religiosa del USCIRF “Constitutional Reform and Religious Freedom in Cuba”, que fue presentado el 2 de agosto de 2022. Durante el desarrollo de este informe, Prisoners Defenders, co-autor del mismo, tomó declaración a 56 líderes religiosos y laicos de las 4 religiones a estudio (católicos, protestantes, yorubas y musulmanes). De dichas declaraciones, USCIRF tomó algunos de los resultados, los cuales confirmaban los resultados del informe.

Este documento complementa al Informe de Libertad Religiosa del USCIRF y presentamos de forma consolidada resultados significativos del Informe de Libertad Religiosa del USCIRF y, además, añadimos la versión completa de los resultados de las declaraciones realizadas por los 56 líderes religiosos y laicos.