sábado, 17 de junio de 2017

RECOMENDACIONES Y OBSERVACIONES para la presentación de denuncias de violaciones de derechos humanos ante Organismos internacionales



RECOMENDACIONES Y OBSERVACIONES
para la presentación de denuncias de violaciones de derechos humanos ante Organismos internacionales
 Antes de presentar una denuncia por violación de derechos humanos, ante organismos internacionales, deben de tenerse en cuenta las siguientes recomendaciones y observaciones:
1)  Agotamiento de los recursos judiciales internos
Antes de presentar una denuncia por violación de derechos humanos, ante instancias internacionales, se exige, como regla general, el agotamiento de los recursos judiciales internos establecidos en el Estado en el que se ha producido la presunta violación de derechos humanos que se pretende denunciar.
No obstante lo anterior, debe señalarse que, en determinadas casos y en determinadas circunstancias, es posible acudir ante instancias internacionales sin haber agotado los recursos judiciales internos, pudiendo citarse, entre otras, las siguientes excepciones a la exigencia del agotamiento de los recursos judiciales internos:
-Hay determinados órganos de vigilancia y control (como por ejemplo, el Relator especial de la ONU contra la Tortura) ante los que es posible acudir sin necesidad de agotar los recursos judiciales internos.
-Los organismos y mecanismos que exigen el agotamiento de la vía jurisdiccional interna, suelen contemplar, sin embargo, la posibilidad de acudir, como excepción, ante ellos, cuando la vía interna se muestre ineficaz o se pueda prolongar injustificadamente.
Debe prestarse especial atención a la exigencia de agotamiento de los recursos judiciales internos puesto que, en ocasiones, los plazos establecidos por la legislación interna de cada país para poder denunciar y recurrir determinadas violaciones de derechos son plazos muy breves.
Por tanto, si no llegara a reaccionarse con suficiente rapidez ante una violación de derechos humanos, emprendiendo los recursos o mecanismos de impugnación disponibles en el Estado en que se comete la presunta violación de derechos humanos, dentro del plazo establecido en cada caso, se podría perder la posibilidad de acudir ante aquellas instancias internacionales que exigen el agotamiento previo de la vía judicial interna.



2)  Posible acceso a justicia gratuita
Con frecuencia (aunque no siempre es así) para la denuncia judicial (interna)  de violaciones de derechos humanos y para la actuación ante determinados mecanismos internacionales (por ejemplo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos) es necesario actuar con abogado (y en ocasiones, es necesaria incluso la intervención de otros profesionales, como los procuradores, en España).
Quienes carezcan de recursos económicos suficientes para sufragar los costes de un proceso judicial, deben informarse sobre los mecanismos establecidos en su país para litigar gratuitamente.
3)  Elección del mecanismo de denuncia a utilizar
Una vez agotada la vía interna (agotando todos los recursos procedentes en dicha vía) o si nos encontramos en uno de esos casos excepcionales en los que no se exige el agotamiento de los recursos internos, hay que decidir a qué mecanismo internacional acudir.
a) Determinación de los mecanismos de denuncia aplicables
Debe estudiarse cuáles son los mecanismos de denuncia realmente aplicables o disponibles en cada caso teniendo en cuenta, entre otros, los siguientes factores:
- Naturaleza del derecho vulnerado, debiendo tenerse en cuenta que para determinadas violaciones de derechos humanos se han adoptado mecanismos específicos de supervisión y, en su caso, denuncia (por ejemplo, Comités o Relatores especiales sobre derechos específicos) y que; sin embargo, para otros tipos de violaciones de derechos humanos no se ha establecido ningún procedimiento específico de denuncia más allá de los mecanismos genéricos de denuncia y supervisión (tales como, por ejemplo, el Consejo de Derechos Humanos, el TEDH o la Corte Interamericana de Derechos Humanos, entre otros).
- Incluso si se han creado determinadosórganos específicos establecidos para tratar sobre un determinado tipo de derecho o violación de derechos, habrá que comprobar si esos órganos específicos contemplan la posibilidad de actuar ante denuncias individuales, porque no siempre es así.
- Lugar y tiempo en que se producen las violaciones de derechos humanos que se pretenden denunciar. Este factor debe tenerse en cuenta, por ejemplo, para determinar si un determinado Estado había firmado un determinado Tratado de derechos humanos que, en principio pudiera resultar de aplicación, en el momento de producirse la violación de derechos que se pretende denunciar.
b) Elección del mecanismo a utilizar de entre los disponibles  
Cada uno de los posibles mecanismos de denuncia e intervención en materia de derechos humanos tiene sus ventajas y desventajas por lo que resulta necesario informarse sobre las ventajas e inconvenientes que ofrecen los diferentes mecanismos susceptibles de ser utilizados en cada caso.
Para la elección del mecanismo a utilizar deben de tomarse en consideración, entre otros, los siguientes factores:
- Posibilidad de actuar a partir denuncias individuales.
- Coste económico aparejado (algunos procedimientos requieren la intervención de abogado y otros, como los de Naciones Unidas, no).
- Posibilidad de obtener una reparación a través del mecanismo utilizado.
- Fuerza vinculante de la resolución adoptada.
- Plazos (algunos procedimientos están sujetos a plazos y otros no están sujetos a un plazo concreto).

Declaración universal de derechos humanos...

DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS

Preámbulo

Considerando que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana;
Considerando que el desconocimiento y el menosprecio de los derechos humanos han originado actos de barbarie ultrajantes para la conciencia de la humanidad, y que se ha proclamado, como la aspiración más elevada del hombre, el advenimiento de un mundo en que los seres humanos, liberados del temor y de la miseria, disfruten de la libertad de palabra y de la libertad de creencias;
Considerando esencial que los derechos humanos sean protegidos por un régimen de Derecho, a fin de que el hombre no se vea compelido al supremo recurso de la rebelión contra la tiranía y la opresión;
Considerando también esencial promover el desarrollo de relaciones amistosas entre las naciones;
Considerando que los pueblos de las Naciones Unidas han reafirmado en la Carta su fe en los derechos fundamentales del hombre, en la dignidad y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y mujeres, y se han declarado resueltos a promover el progreso social y a elevar el nivel de vida dentro de un concepto más amplio de la libertad;
Considerando que los Estados Miembros se han comprometido a asegurar, en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, el respeto universal y efectivo a los derechos y libertades fundamentales del hombre, y
Considerando que una concepción común de estos derechos y libertades es de la mayor importancia para el pleno cumplimiento de dicho compromiso;
La Asamblea General

proclama la presente

Declaración Universal de Derechos Humanos como ideal común por el que todos los pueblos y naciones deben esforzarse, a fin de que tanto los individuos como las instituciones, inspirándose constantemente en ella, promuevan, mediante la enseñanza y la educación, el respeto a estos derechos y libertades, y aseguren, por medidas progresivas de carácter nacional e internacional, su reconocimiento y aplicación universales y efectivos, tanto entre los pueblos de los Estados Miembros como entre los de los territorios colocados bajo su jurisdicción.

Artículo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2

1. Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.
2. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11

1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13

1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 14

1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15

1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16

1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17

1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20

1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21

1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23

1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25

1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26

1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27

1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29

1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30




Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendentes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

Cuadro de normas y mecanismos para la Protección de los Derechos Humanos

viernes, 17 de marzo de 2017

EL PRESIDIO, 50 AÑOS DESPUÉS

El 23 de marzo se cumplen 50 años del cierre del Reclusorio Nacional de Isla de Pinos. Cinco décadas no han logrado borrar de la memoria las experiencias de los sobrevivientes de más de 15,000 prisioneros políticos que entre 1959-1967 poblaron circulares, edificios, pabellones, celdas de castigo y campos de trabajo forzado.
El próximo 26 retendremos el presidio. Quizás sea nuestro último gran encuentro bajo la simbólica carpa de las Circulares, en consecuencia Ramiro Gómez Barrueco está preparando una antología de Presidio, testimonios y anécdotas, experiencias inolvidables.
Durante esos años la mayoría de los reclusos sufrieron severas palizas. La alimentación nunca superó los niveles de sobrevivencia, condiciones de vida precarias y jornadas de trabajo que se extendían por doce y catorce horas, según estuviera el odio como instrumento de lucha en las mentes de los esbirros al servicio de la tiranía.
Memoria, que no significa odios ni venganzas, sino una clara consciencia de que el sadismo criminal de los victimarios de oficio no debe quedar impune. Ningún gobernante o torturador de vocación debe saciarse sobre ciudadanos indefensos.
El reclusorio nacional fue clausurado porque la dictadura fracasó en sus propósitos de lograr por medio del trabajo esclavo, y la violencia entronizada en el Plan de Trabajo Camilo Cienfuegos, la rehabilitación política de los millares de hombres que tenía en esa prisión.
El régimen cerró el Presidio porque se percató que la represión en vez de lograr sus objetivos de “reeducar”, a los presos, los reafirmaba en sus convicciones y en cierta medida los alentaba a pasar de la resistencia pasiva ante golpes, bayonetazos y asesinatos, a una resistencia activa que podía escaparse del control de la guarnición.
No se pretende sugerir que el régimen actuó por miedo, no, simplemente, como generadores de violencia, tenían conciencia que el terror tiene que ser controlado para lograr los objetivos deseados.
También se hace esta evocación porque los prisioneros políticos están orgullosos de haber estado encarcelados por una de las causas más justas en la historia de la nación. Acontecimiento que por intensidad y extensión tiene caracteres distintos a otras gestas realizadas por el pueblo cubano sin que esto implique que el haber estado encerrados otorga derechos y privilegios, lo contrario, la prisión es fuente de mayores deberes para los que transitaron por ella.
El presidio fue y es expresión genuina del carácter nacional. Plural en pensamiento político, amplio en creencias religiosas, mosaico de razas y reflejo del espectro social.
El presidio fue contradictorio y coherente. Los orígenes y compromisos políticos de los que lo integraron confrontaban o coincidían con los que se estrenaban en esos avatares.
En aquella cárcel poesía y epopeya se confundían y todavía hoy, a pesar de casi seis décadas de totalitarismo, hombres y mujeres continúan escribiendo en las paredes de nuevas y viejas prisiones.
En presidio la muerte estaba al acecho, era una eterna, fiel y asexual compañera lo mismo cuando dinamitaron las circulares, en el Plan de Trabajo, o la reclusión solitaria
La muerte o la invalidez atacaban sin piedad ni aviso. La bayoneta, el disparo alevoso o la enfermedad no tratada, dejó a muchos entre las rejas. El suicidio fue para algunos la razón en aquella locura interminable. La demencia apagó inteligencias y sesgó espíritus. La batalla fue dura, aun así continúa.
Impresos en la memoria están esbirros como Campeón y Brazo de Oro. Pensar en ellos y sus iguales reedita requisas, hambre desesperada, desnudez contestaría, la abyecta mojonera, trabajo esclavo, dinamita, mutilación y muerte.
Aquello permanece con nosotros y dentro de nosotros.
Presente la ternura perdida. La juventud que se fue a galope. Las arrugas y las canas, la vejez que al trote se apoderaba de todos.
De las playas y fiestas que no conocimos. De las novias y esposas que fueron fieles hasta el final, pero también de las que vencidas por el dolor y el largo andar, tomaron otro rumbo.
Cuantas pasiones mordimos con las piernas y los dientes. Cuantos no tuvieron hijos, porque al cumplir con su deber se marchitó su cuerpo. Todo eso, junto a los muertos, locos y lisiados, integran el inmenso tributo que los presos políticos, hombres y mujeres, han rendido a Cuba.
Muchos están cansados. Se encuentran en las fronteras de la frustración y decepción, pero como dijo Manuel Villanueva, hay que subir la montaña, y encontrarnos en la cima.
Es un deber vencer ese agotamiento como se hizo individual y colectivamente en Presidio. Los compromisos no se cancelan en la derrota sino en la victoria y los deberes nunca deben ser desechados como trapos viejos, menos, si los criminales no han pagado su deuda.

jueves, 22 de septiembre de 2016

CUBA, VENEZUELA Y EL TRABAJO COMO CASTIGO

Aunque hasta ahora no se ha puesto en práctica, existe en Venezuela una resolución, la 9855, estableciendo el trabajo obligatorio en labores agrícolas. Esta medida confirma que los regímenes de extrema izquierda van a la vanguardia en estas disposiciones que tienen como propósito someter a los opositores. En Cuba ha sido una rutina sistemática, al igual que en Corea del Norte.
El trabajo como castigo, acoso y represalia, pretende doblegar a aquellos que resultan desafectos a un sistema político y social. Es un arbitrario intento para acallar las voces libres y desafiantes. Por ello, estos métodos degradantes y crueles adquieren ribetes más despreciables cuando se emplean contra personas por sus ideas y posiciones políticas o religiosas.
Ya en el primer libro de la Biblia, el Génesis, se alude al trabajo como castigo: “Ganarás el pan con el sudor de tu frente”. El nazismo les advertía a los judíos que entraban al campo de concentración de Auschwitz: “El trabajo os hará libre”.
En Cuba, también hubo un lema sobre el trabajo: “El trabajo los hará hombres”, desplegado a la entrada de uno de los campamentos de las Unidades Militares de Ayuda a la Producción (UMAP), donde fueron encerrados, sometidos y obligados a trabajar agotadoras jornadas, miles de desafectos al régimen castrista, homosexuales y religiosos, a mediados de los años 1960.
El reciente caso de Venezuela no deja de asombrar. Es muy inquietante que en pleno siglo XXI se dicte una resolución exigiendo a los empleados públicos trabajar en la agricultura y otras labores encaminadas a la producción de alimentos de manera obligatoria, “por el lapso de 60 días, prorrogables por igual tiempo si las circunstancias lo ameritan”, como indica el inciso décimo primero del decreto del gobierno de Nicolás Maduro.
El político y periodista venezolano Alexis Ortiz señala que: “Seguramente muchos de los empleados públicos que piensa Maduro mandar a trabajar como esclavos, fueron de los que firmaron pidiendo el revocatorio. Es una clara manera de castigarlos”. Luego añade: “De cualquier manera, la medida aparte de absurda y demagógica, es impracticable. No lo podrán implantar, ni siquiera con represión, como ocurrió en Cuba”.

EL ESTIGMA DE LA LETRA ‘R’

En Cuba el trabajo como castigo, no se contemplaba en las leyes durante la República, aunque sí se empleó durante la colonia, siendo José Martí el más representativo de esos presos políticos, al ser condenado a trabajar, con grilletes, en las canteras de San Lázaro.
Tras la toma del poder por la revolución castrista, en 1959, comenzó a emplearse de manera sistemática. En un inicio estuvo dirigido hacia los presos de conciencia. Eso lo señala Pedro Corzo, director del Instituto de la Memoria Histórica Contra el Totalitarismo.
“El trabajo forzado más emblemático fue el del Presidio de Isla de Pinos, con el Plan de Trabajo Camilo Cienfuegos, que se inició por el otoño de 1964, precedido por el llamado Plan Morejón”, dice Corzo. “Ambos planes fueron brutales, los presos tenían que trabajar en ocasiones hasta 14 horas diarias en condiciones muy difíciles, cercados por un pelotón de militares con fusiles R2 y bayoneta calada. Las golpizas eran bestiales y cerca de una decena de presos políticos fueron asesinados por sus carceleros”.
En Cuba, hasta la década de 1980, se sancionaba la intención de salir de la isla con carácter definitivo. La práctica establecida despachaba a los campos a todo aquel que presentaba su solicitud. El tiempo de ese castigo era tan largo como el de la espera por la autorización. Fueron miles los que trabajaron en la agricultura para purgar la “pena” de querer salir de Cuba.
Entre ellos estaba Marcia García, profesora de inglés en una escuela Secundaria Básica en La Habana. “Yo quise irme de Cuba durante el éxodo del Mariel, en 1980. No lo logré, por lo cual intenté reincorporarme a la vida laboral”, relata. “Pero no me permitieron regresar a las aulas. Me dijeron que no tenía cabida como maestra, pues enseñar en el socialismo es un privilegio para los revolucionarios”.
Su carnet de identidad estaba marcado con la letra R, que estigmatizaba a quienes la tuvieran. “Con la R en el carnet, sólo podía trabajar en la agricultura o en la construcción. Como los campos asignados quedaban muy lejos, acepté la construcción, que era en la ciudad”. Relata que cargó sacos de cemento, cabillas y bloques, en condiciones muy difíciles para una mujer.

ESTÁ CONVENCIDA QUE ENVIARLA A LA CONSTRUCCIÓN FUE UN CASTIGO DIRECTO POR SU INTENCIÓN DE SALIR POR EL MARIEL. “LA REVOLUCIÓN CASTIGA CON ENSAÑAMIENTO A QUIENES ASPIRAN A VIVIR EN LIBERTAD. MUCHOS CUBANOS HEMOS TENIDO QUE PAGAR ESE PRECIO”.

Entre los presos políticos el trabajo como castigo iba acompañado de acciones violentas por parte de los custodios. Corzo relata el caso de Diosdado Aquit Manrique, un preso que fue asesinado por un guardia: “En esos días habían herido a bayonetazos a varios compañeros, la situación estaba muy tensa y Aquit le dijo a un guardia del cordón que tenía que hacer sus necesidades, el guardia lo autorizó, le dijo que saliera del cordón de seguridad y poco después le disparó matándolo de inmediato. El guardia era de Santa Clara, su apellido es Olivera y habíamos trabajado juntos ante de yo ser detenido y condenado”.
La práctica del trabajo como castigo sigue vigente en Cuba en el siglo XXI. Al fundador y director de la revista VitralDagoberto Valdés lo sancionaron recogiendo yaguas en una plantación. Desde Pinar del Río, donde reside, brinda su testimonio. “Fui sancionado por ser director de la revista sociocultural y religiosa Vitral de la diócesis católica de Pinar del Río, que resultaba molesta para las autoridades”. Puntualiza que aunque fue forzado a desempeñar esa labor contra su voluntad, nunca “hubo condena judicial, sino un castigo administrativo”.
Explica que por 16 años fue ingeniero en una empresa tabacalera. “Una mañana la dirección de la empresa, el partido comunista y los que actuaron detrás de ellos, me dijeron que tenía que escoger entre Vitral y mi cargo de ingeniero. Como no dejé Vitral me castigaron a trabajar ocho horas diarias sobre una carreta tirada por un tractor como ingeniero de yaguas”.

DESPRECIO POR LOS OBREROS

Otro caso de trabajo como castigo lo recibió el caricaturista Arístides Pumariega, creador del personaje Subdesarrollo Pérez, entre otros. El dibujante fue sancionado a ocho años de trabajo, por una caricatura aparecida en el semanario humorístico Palante. Su dibujo aludía a un discurso de Fidel Castro, donde daba cuenta que la proyectada zafra azucarera de los 10 millones no se lograría. El propio dictador creó la frase “convertir el revés en victoria”, lo que dio paso a un número del semanario, en el que se copiaba el diseño del periódico oficial Granma. Arístides en su dibujo escribió: “A bailar con la [orquesta] Revé, en Victoria de las Tunas”.
El resultado fue apartarlo de su puesto de trabajo. De acuerdo con los papeles que le entregaron, fue sancionado por “estar separándose del pueblo”. La pena: enviarlo como obrero a laborar en una empresa litográfica. “La Litográfica era un sitio adonde mandaban a los castigados de la Unión de Jóvenes Comunista (UJC) y del Partido. Cuando llego a la fábrica, lo que hacen es asignarme a trabajar a un plan agrícola, recogiendo viandas y otros productos del agro”, recuerda el caricaturista.
Para Arístides: “En Cuba, la dictadura castrista ha usado el trabajo duro, en fábricas y en el campo como castigo, algo que se traduce en un gran desprecio hacia la clase obrera, que conforma la mayoría de la fuerza laboral”, señala.
En el ambiente cultural cubano se han dado casos significativos de castigos severos por asumir posturas no oficiales. El cantante y compositor Silvio Rodríguez fue enviado como marino en el barco pesquero Playa Girón, tras interpretar su canción Resumen de noticias, en el Festival Internacional de la Canción, Varadero 70. El resultado de ese castigo se aprecia en la composición Playa Girón, aludiendo al buque y sus tripulantes.
Tras la aparición del libro Los pasos en la hierba, su autor, Eduardo Heras León, es enviado a trabajar a una fábrica metalúrgica. Algo similar pasó con el dramaturgo Antón Arrufat, quien molestó al régimen tras ganar el Premio UNEAC con su obra Los siete contra Tebas. Fue sancionado a trabajar 14 años en el sótano de una biblioteca.
El ex preso político Pedro Corzo estima que el gobierno castrista ha recurrido al castigo, a través de labores crueles, como una forma más de totalitarismo, así como de coacción y control sobre la población cubana.
El activista político, cultural y religioso Dagoberto Valdés afirma que fue “ingeniero de yaguas” por 10 años. “A esta nave, muchas veces repleta hasta el techo del producto, Yoani Sánchez le llamó la Catedral de las Yaguas, en referencia al tamaño pero también a que, en una entrevista que me hizo, le referí que muchas veces rezaba y meditaba para vencer el tedio y el encierro durante ocho horas, sin baño, al principio sin comedor y con un portón de acero negro que remataba una cerca y una garita de madera que nadie usaba, pero que tal paisaje me traía otras reminiscencias”.
Desde la instauración del régimen castrista el trabajo (como el hambre) han sido armas políticas, maneras de amedrentar y someter a sus contrarios.
A pesar de que existen tratados internacionales deplorando el trabajo como castigo, sigue siendo una lamentable rutina. El caso cubano es apenas uno de los tantos escenarios donde esta práctica se sigue empleando.
by REINALDO RODRIGUEZ HERNANDEZ

domingo, 4 de septiembre de 2016

ADENTRO DEL ENCUENTRO

El Encuentro Nacional Cubano, realizado en Puerto Rico, fue un homenaje y un canto de solidaridad con el nuevo sacrificio de Guillermo Fariñas en su huelga de hambre y sed, denunciando el incremento de la represión y las violaciones de los derechos humanos y los derechos económicos en Cuba. En honor de Fariñas se declaró el día 14 de Agosto “DIA DE LA NOVIOLENCIA EN CUBA”. Un gran estandarte con su figura decoraba lateralmente la tribuna; su sobrina Alicia Fariñas, abnegada e incansable activista opositora, fue la abanderada del Encuentro. Paco Talavera, ex guerrillero del Escambray,  representó a FANTU en nombre del exilio,  interviniendo cautelosamente cada vez que algo  parecía descarrilar el mensaje de unidad y confrontación del evento.
El objetivo preliminar, plenamente logrado, era reunir la mayor cantidad y calidad de organizaciones opositoras y de observadores internacionales. Reunidos para definir cómo queremos que sea La Nueva República de Cuba y cómo construir un modelo capaz de trabajar eficientemente para lograrlo. El ¿Qué? y el ¿Cómo? quedaron plenamente establecidos después tres días de agrias, arduas y tediosas sesiones que caracterizan a todos los procesos parlamentarios. Por ejemplo, Antúnez malinterpretó completamente la negación de Roberto Ruiz, miembro de Cultivo una Rosa Blanca, de poner en una declaración el nombre propio del tirano; entonces desató una feroz y apasionada, pero injusta, crítica contra Roberto. Abandonó La Asamblea, pero minutos después regresó y demostró su grandeza de espíritu al reconocer su error y pedirle perdón a todos los delegados presentes por su exabrupto. También elevó el nivel de la conciencia asamblearia con su intervención a favor de los presos políticos, especialmente  a los  que cumplen largas y cruentas condenas por haber luchado con las armas en la mano o violentamente contra el Régimen, presos políticos que no son reconocidos por algunos opositores. Se nombraron varios casos, especialmente el de Armando Sosa Fortuny que lleva más de 33 años cumplidos sumando sus dos condenas. 
La propuesta de Israel Abreu, patriota ejemplar, fue contra la corrupción en general y en las elecciones en particular. Pese a la aprobación general, al plantear usar únicamente fondos públicos para financiarlas,  esto constituía un tema específico correspondiente a ser decidido por un parlamento con capacidad legislativa, como señaló apropiadamente Vladimiro Roca. Pero la lucha contra la corrupción quedó como meta de La Nueva República de Cuba. El legendario profesor Félix Bonne Carcasés señaló  el colapso progresivo e indetenible del sistema y la necesidad de organizarnos para enfrentarlo con éxito. Surgió  El Congreso del Encuentro Nacional Cubano como organismo rector deliberativo y La Mesa de Coordinación con carácter ejecutivo. Un protogobierno integrado por patriotas de ambas orillas.
Se escogieron los jefes de las comisiones de trabajo entre los cuales están Ana Carbonell, Mario Félix Lleonart, Rosa María Payá, Ramón Saúl Sánchez, Eliecer Ávila etc. Cada comisión escogió a la persona perfecta disponible para llevar adelante la obra. Aquí comenzó a respirarse un aire de satisfacción y finalmente se logró el documento consensual sobre La Nueva República de Cuba. La magia fraternal del Encuentro rompió todas las barreras, fue indescriptible. El nuevo ser vió la luz. Nació otra esperanza.
Las intervenciones más elocuentes, entre muchas propuestas acertadas, fueron las del invidente Juan Carlos González Leyva, Rosa María Payá, Silvia Iriondo, Ramón Saúl Sánchez, René  Gómez Manzano, Omar López Montenegro, Mario Félix Lleonart y Ana Carbonell. Pero debemos hacer dos menciones especiales: la actuación del experto parlamentario que hizo cumplir a cabalidad las reglas de Robert que regulan las actividades parlamentarias; y la serenidad, devoción y eficiencia, de la secretaria de actas María Weslau. Dos balsas inmersas en un tsunami. Un merecido reconocimiento a los gestores iniciales del proyecto Kemel Hamis y Gerardo Morera; y muy en especial al líder y moderador del Encuentro Guillermo Toledo. Gracias a ellos se está realizando el anhelado sueño de la unidad. Los Cubanos Unidos de Puerto Rico, con el liderazgo y el sacrificio económico de seis dígitos, de Jerónimo y Severino, echaron pie en tierra para hacerlo realidad. ¡Gracias!
Lo más bello del evento fue la presencia notable de una juventud que posee el ideal, las convicciones y las cualidades indiscutibles para continuar exitosamente nuestra confrontación libertaria. Le damos la bienvenida a la generación de relevo. Ustedes son el futuro presente. La antorcha de la libertad está  en sus manos.

jueves, 7 de julio de 2016

FALLECE MANUEL VILLANUEVA

Nuestro hermano del Presidio Político Manuel Villanueva falleció en la mañana de este jueves. El «Villa» fue un símbolo de hermandad, bondad y patriotismo. Su obra poética y sus canciones forman parte de lo mejor del patrimonio de nuestra generación. La Montaña y Yo los he visto partir, son himnos de la lucha contra el totalitarismo.
https://youtu.be/ioU-DpIMZDM

jueves, 28 de abril de 2016

La disidencia cubana presenta una lista con los nombres de 93 presos políticos

Una organización opositora en la isla denuncia el «empeoramiento de la situación de derechos civiles y políticos», con 22 opositores más en la cárcel que el pasado junio.


Cinco semanas después de que Raúl Castro desafiase a un periodista estadounidense, en presencia de Barack Obama, a que le presentara la lista de presos políticos en la isla, la Comisión Cubana de Derechos Humanos y Reconciliación Nacional (Ccdhrn) ha divulgado este lunes la relación actualizada con los nombres de 93 opositores encarcelados [ lista presos políticos]. Veintiuno de ellos sobreviven en prisiones de alta seguridad desde hace 13 o incluso 24 años.
La organización disidente en la isla denuncia un «empeoramiento de la situación de derechos civiles y políticos» en el país: en el listado publicado el 19 de junio de 2015 aparecían 22 presos políticos menos que en este momento de deshielo con Estados Unidos y después de la histórica visita de Obama.
La Comisión Cubana, que dirige Elizardo Sánchez, precisa que 51 de los 93 prisioneros son opositores «pacíficos» condenados o pendientes de juicio «por su actitud o actividades contestatarias». Al menos 20 de ellos pertenecen a la Unión Patriótica de Cuba (Unpacu). Once exprisioneros de conciencia de la Primavera Negra de 2003 viven en sus casas bajo la amenaza de la «licencia extrapenal», que significa que en cualquier momento pueden volver a la cárcel. Otros 27 fueron condenados en tribunales de la Seguridad del Estado por «haber utilizado armas o alguna forma de fuerza o violencia». Por último, cuatro presos políticos han recibido sentencias por «otros delitos contra el Estado».
Dos listas le presentaron a Barack Obama durante su encuentro con destacados disidentes el pasado 22 de marzo en La Habana, según ha explicado a ABC José Daniel Ferrer, uno de los once exprisioneros bajo «licencia extrapenal» (condenado a 25 años) y líder de Unpacu. Una enumeraba los presos políticos de este grupo disidente -especialmente fuerte en Santiago de Cuba- y otra era la lista de la Ccdhrn presentada este lunes, a falta de las últimas actualizaciones, precisó Ferrer.
Un campesino fue encarcelado por «culpar a la dictadura de la escasez de productos en una cola»
El disidente cubano está convencido de que en Cuba existen más presos políticos que este casi centenar porque «muchas personas van a la cárcel por motivos políticos y ni ellos mismo lo saben». José Daniel Ferrer narra el caso del «guajiro (campesino) iletrado» Ángel Frómeta Lovaina, de San Antonio del Sur (Guantánamo). Frómeta fue encarcelado después de que en una cola se atreviera a «culpar a la dictadura de la escasez de productos básicos», bajo la acusación de «peligrosidad social predelictiva».
La Comisión Cubana denuncia en su informe que un «número muy alto de cubanos» se encuentran en prisión «de manera innecesaria o a pesar de su inocencia jurídica, incluyendo a varios miles internados bajo la llamada "peligrosidad social predelictiva"», a la que considera una «aberración jurídica copiada de las prácticas estalinistas y hitlerianas». También está convencida de que en una población penal de entre 60.000 y 70.000 personas «nadie puede asegurar que no existan otros prisioneros por motivos políticos o condenados bajo condicionamientos políticos».

Doscientos centros

Al menos 26 presos políticos ya tienen derecho a la libertad condicional, según los cálculos de la Ccdhrn. En una isla de 11,2 millones de habitantes existen unas 200 prisiones, campos de trabajo y otros centros de internamiento, denuncia por último esta organización defensora de los derechos humanos. Al menos sesenta son cárceles de alta seguridad.