La expresión “derechos humanos” (también citada con frecuencia como DD.HH.) hace referencia a las libertades, reivindicaciones y facultades propias de cada individuo por el sólo hecho de pertenecer a la raza humana. UN ESPACIO PARA TODOS; los de adentro y los de afuera, los de cerca y los de lejos, los que tienen voz y los que no; para aquéllos que son libres y para los que aún no lo son.
MENU PRINCIPAL
- INICIO
- ¿QUIENES SOMOS?
- MISION, VISION Y VALORES
- ¿QUÉ SON LOS DDHH?
- ¿QUÍEN SOY?
- INFORMES
- PODCAST
- C. AGRADECIMIENTO
- REDACCIONES
- NEWSLETTERS
- CAMPAÑAS
- CUBADECIDE
- ASILO Y REFUGIO
- MIRADAS DE UN MIGRANTE ILUSTRADA
- ESTATUTOS
- JUNTA DIRECTIVA
- REDES DE COLABORACION
- VOLUNTARIOS/AS
- MAPA DEL SITIO
- MIEMBROS MUDDH
- REFLEXION
lunes, 8 de agosto de 2022
Cuba mantiene más de mil prisioneros políticos
20 NUEVOS CASOS EN LA LISTA DE PRISIONEROS POLÍTICOS EN CUBA:
martes, 2 de agosto de 2022
Prisoners Defenders presenta el Informe de Libertad Religiosa del USCIRF
I. Introducción al Informe de Libertad Religiosa del USCIRF
El presente documento contiene un amplio recorrido por los contenidos del Informe de Libertad Religiosa del USCIRF “Constitutional Reform and Religious Freedom in Cuba”, que fue presentado el 2 de agosto de 2022. Durante el desarrollo de este informe, Prisoners Defenders, co-autor del mismo, tomó declaración a 56 líderes religiosos y laicos de las 4 religiones a estudio (católicos, protestantes, yorubas y musulmanes). De dichas declaraciones, USCIRF tomó algunos de los resultados, los cuales confirmaban los resultados del informe.
Este documento complementa al Informe de Libertad Religiosa del USCIRF y presentamos de forma consolidada resultados significativos del Informe de Libertad Religiosa del USCIRF y, además, añadimos la versión completa de los resultados de las declaraciones realizadas por los 56 líderes religiosos y laicos.
domingo, 24 de julio de 2022
Migrantes son discriminados por su orientación sexual o identidad de género
Grupos que forman parte del éxodo forzado de MIGRANTES hacia otros países, enfrenta problemas propios derivados de su orientación sexual o de identidad de género, incluyendo dificultades de acceso a servicios públicos de salud o expresiones de violencia que pueden llegar a actos extremos, como el asesinato, siendo uno de los la población LGBTI.
Así lo refleja el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello (CDH UCAB) en su nuevo estudio Movilidad y diversidad. La salud física y mental de personas migrantes y refugiadas en relación con su orientación sexual o identidad de género, el cual aborda la realidad de los connacionales migrantes del colectivo LGBTI, durante el trayecto y al llegar a Colombia, Ecuador, Perú y Chile, los cuatro principales países receptores de venezolanos en Latinoamérica.
La investigación se enfocó “en la situación de las personas que viven con VIH, por tratarse de la mayor preocupación en materia de salud física, en el conjunto de la comunidad LGBTI. Igualmente, se abordan las principales amenazas a la salud de las personas LGBTI, apuntando especialmente a las expresiones de discriminación y violencia, con énfasis en la situación de las personas trans”, según se lee en la introducción del documento.
El trabajo de campo se llevó a cabo entre diciembre de 2020 y enero de 2021 y se basó en entrevistas de profundidad a personas LGBTI. Adicionalmente se efectuó el análisis de las regulaciones propias de cada país receptor y se contó con el apoyo informativo de varias organizaciones defensoras de derechos humanos en las naciones incluidas en el estudio.
El informe se divide en tres bloques:
1) Salud física, con énfasis en la situación de las personas que viven con VIH;
2) Salud mental: discriminación y violencia; y
3) Conclusiones y recomendaciones.
Algunos hallazgos. Lo que dice el documento
Respecto a quienes son portadores de VIH, el estudio revela que en algunos países hay exigencias burocráticas para acceder al sistema de salud; en otros aún prevalecen prejuicios, incluso en el mismo ambiente médico, que afectan aún más la situación del migrante o refugiado, discriminándolos abiertamente, no solo por razones de nacionalidad o condición migratoria, sino por los tabúes presentes en dichas sociedades.
La organización Acción Ciudadana contra el SIDA (ACCSI) estima que entre 8 mil y 10 mil personas que viven con VIH han abandonado Venezuela buscando solución a sus problemas de salud, a través del acceso seguro a medicamentos y tratamientos.
Respecto a la salud mental, las afectaciones se producen tanto a lo largo del trayecto, como en el lugar de destino. Durante el trayecto, muchos migrantes se enfrentan a abuso de poder, extorsión y robo por parte de funcionarios, especialmente policiales, militares y de migración, así como por grupos armados irregulares.
“Estos abusos, que se producen principalmente en los puntos de migración y pasos fronterizos no controlados, tienen un agravante cuando se trata de personas LGBTI, ya que los prejuicios con frecuencia inciden en un trato discriminatorio que incluye maltrato verbal, psicológico y físico en el que se alude expresamente a la orientación sexual o identidad de género de la víctima”.
Una vez en los países receptores, las personas LGBTI sienten la discriminación en el trato que reciben de funcionarios de diferentes entes públicos, por el hecho de ser personas LGBTI y por migrantes.
Los hombres y mujeres trans se enfrentan a mayores niveles de discriminación y violencia, a causa de una carga de prejuicios sociales más acentuados hacia este sector. Una frecuente forma de agresión durante el trayecto se relaciona con los documentos de identificación, por lo cual se puede generar trato desigual para cualquier persona LGBTI, pero especialmente para las personas trans.
Tras llegar a su país de destino, las personas trans son objeto de diferentes formas de discriminación y violencia, entre las que se incluyen exclusión y rechazo, agresión policial y golpizas en las calles. Por otra parte, la violencia extrema puede llevar hasta el asesinato. “En agosto de 2020 se registró el caso de Patricia Dumon, una joven trans venezolana de 21 años que fue asesinada en Santa Marta, Colombia. Patricia es una de las 110 víctimas de violencia contra población LGBTI venezolana registradas por Caribe Afirmativo entre mayo de 2018 y agosto de 2020”.
El estudio del CDH UCAB cierra con varias recomendaciones a los Estados receptores, entre las cuales se incluye el desarrollo de políticas públicas para atender a las necesidades y derechos específicos de la población LGBTI; la creación de programas de formación de funcionarios policiales y migratorios; la ampliación de la figura del refugio como opción de protección para las personas LGBTI y la puesta en marcha de campañas que faciliten la denuncia, “de tal manera que se logre romper el círculo de la invisibilización y revictimización de este sector de la población”.
sábado, 23 de julio de 2022
UN GRAN Y CALIDO AGRADECIMIENTO A LA EDITORIAL VERTIGO
lunes, 18 de julio de 2022
LA PERDIDA DE UNA IDENTIDAD
REFUGIADOS SIN PAIS DE ASILO. (II)
Los refugiados son invisibles y el derecho a solicitar asilo está en peligro de extinción
Por todo ello, no encuentro mejor contexto que este para dar voz a la realidad de las personas desplazadas, tan hostil y dolorosa en muchos lugares del mundo. Siento este escenario, como un “lugar seguro”, donde aquellos que dediquen tiempo a su lectura, se me antojan sensibles al dolor humano y a la defensa de los derechos de las personas, sin consideración o exceptuación alguna.
domingo, 17 de julio de 2022
REFUGIADOS SIN PAIS DE ASILO.
Los refugiados son invisibles y el derecho a solicitar asilo está en peligro de extinción
Asilo humanitario:
Refugiados
Derecho de asilo
- En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de el, en cualquier país.
- Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.
Artículo 14 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948)
Asimismo, el artículo XXVII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre (1948):
Toda persona tiene el derecho de buscar y recibir asilo en territorio extranjero, en caso de persecución que no sea motivada por delitos de derecho común y de acuerdo con la legislación de cada país y con los convenios internacionalesArtículo XXVII de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre de 1948
Por otro lado, el artículo 22(7) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969) establece:
Toda persona tiene el derecho de buscar y recibir asilo en territorio extranjero en caso de persecución por delitos políticos o comunes conexos con los políticos y de acuerdo con la legislación de cada Estado y los convenios internacionales.Artículo 22(7) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969
También la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (promulgada en 2007 y de entrada en vigor el 1 de diciembre de 2009), en su artículo 18 garantiza este derecho
Se garantiza el derecho de asilo dentro del respeto de las normas de la Convención de Ginebra de 28 de julio de 1951 y del Protocolo de 31 de enero de 1967 sobre el Estatuto de los Refugiados y de conformidad con la Constitución.Artículo 18 de la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea de 2007
Y en la Carta Africana sobre Derechos Humanos y de los Pueblos (promulgada en 1981 y de entrada en vigor el 21 de octubre de 1986) este derecho es contemplado en el artículo 12.3:
Todo individuo tendrá derecho, cuando esté perseguido, a buscar y obtener asilo en otros países de conformidad con las leyes de esos países y los convenios internacionales.Artículo 12.3 de la Carta Africana sobre Derechos Humanos y de los Pueblos de 1981
Características
Referencias
- ↑ Rondanini, Alejandro. «1» [Derechos Humanos. Capítulo XII: El derecho a solicitar asilo].
- ↑ «Internal Displacement: Global Overview of Trends and Developments in 2006». Internal Displacement Monitoring Centre (IDMC). abril de 2007. Archivado desde el original el 29 de octubre de 2007. Consultado el 23 de octubre de 2007.
- ↑ ACNUR (2012) <<Estadísticas ACNUR>>. Consultado el 23 de septiembre de 2012
- «Resumen de los convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 y de sus protocolos adicionales. - CICR». www.icrc.org. 1 de marzo de 1995. Consultado el 9 de abril de 2020.
- ↑ Carta de las Naciones Unidas, artículo 51.
- ↑ Delgado, Paulo César (2016). «Capítulo 1 - Derecho Internacional de los Derechos Humanos: Corte Penal Internacional». En Motivensa S.R.L., ed. Crímenes Internacionales, Implementación del Estatuto de Roma al Código Penal Peruano. Lima - Perú: Motivensa Editora Jurídica. p. 33. ISBN 978-612-4144-20-2.
- ↑ SASSÒLI, Marco ; Antoine BOUVIER y Anne QUINTIN. Un droit dans la guerre? Ginebra: Comité Internacional de la Cruz Roja, 2003, p.127 cit. por Salmón, E. (2004). Introducción al Derecho Internacional Humanitario.
- ↑ Cf. GREENWOOD, Christopher. “Historical Development and Legal Basis”. En FLECK, Dieter (ed.). The Handbook of Humanitarian Law in Armed Conflicts. Oxford: Oxford University Press, 1995. pp. 12-13, cit por Salmón, E. (2004). Introducción al Derecho Internacional Humanitario.
- ↑ Cf. DRAPER, G. I. A. D. “Orígenes y aparición del derecho humanitario”. En Las dimensiones internacionales del derecho humanitario. Madrid: Instituto Henry Dunant / Tecnos / UNESCO, 1990, pp. 81-83. en Salmon, E. op cit. p. 63
- ↑ Tratado de regularización de la guerra. Archivo del Libertador, Centro Nacional de Historia.
- ↑ Saltar a:a b Salmón, Elizabeth (2004). Introducción al Derecho Internacional Humanitario. Pontificia Universidad Católica del Perú.
- ↑ Cf. CARNAHAN, Burrus. “Lincoln, Lieber and the Law of War: The Origins and Limits of the Principle of Military Necessity”. American Journal International Law, vol. 92, n.o 2, 1998, pp. 213-231. cit por Salmón, E. op. cit, p.65
Enlaces externos
- Día Mundial del Refugiado 2007
- Enlaces en español sobre los refugiados
- Protocolo adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional (Protocolo II)
- Base de datos del Comité Internacional de la Cruz Roja sobre Derecho humanitario
- Campbell Collaboration. (2017). La detención de solicitantes de asilo tiene efectos adversos sobre la salud mental. Oslo: Campbell Collaboration.
sábado, 16 de julio de 2022
Los cubanos volvieron a salir a la calles a protestar contra la dictadura de Miguel Díaz-Canel por los cortes de luz
La dictadura anticipó más cortes de luz con un déficit de hasta el 22% en el suministro